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viernes, 8 de julio de 2011

LA EBRIEDAD DE LOS DERECHOS

"(...) Si no fuera por él, por el derecho de soñar, y por las aguas que da de beber,
los demás derechos, se morirían de sed(...)"

Preámbulo

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

  • Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

  • 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
  • 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13

  • 1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
  • 2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14

  • 1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
  • 2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15

  • 1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
  • 2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16

  • 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
  • 2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
  • 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17

  • 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
  • 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20

  • 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
  • 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21

  • 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
  • 2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
  • 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23

  • 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
  • 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
  • 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
  • 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25

  • 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
  • 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26


  • 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
  • 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
  • 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27

  • 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
  • 2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29

  • 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
  • 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
  • 3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

Fuente:  http://www.un.org/es/comun/docs/?path=/es/documents/udhr/index_print.shtml

Cada derecho, su deber. Podría decir sin llegar a equivocarme que soy afortunada porque vivo en una situación en la que hay equilibrio entre mis derechos y mis deberes. Quizá a veces me queje de que tengo demasiados deberes, quizá se me olvide que hay otros como yo que lo que no tieneen reconocidos son sus derechos, por el simple hecho de ser personas. Son vejados, humillados, tratados como animales...

Cada derecho, su deber; cada deber, su derecho.Porque esto es para todos, para todas. Así es, Declaración UNIVERSALde los Derechos HUMANOS.

miércoles, 18 de mayo de 2011

NO SE MUERE DE HAMBRE, SE ASESINA CON HAMBRE

Mirar entre bambalinas el texto íntegro de la obra.‏

"No hay fatalidad alguna. Un niño que muere de hambre es asesinado" (fragmento del reportaje)
Cada cuál con su conciencia, pero para que la conciencia pueda pensar quitémosle los tapones de los oídos.
Escuece este reportaje.


sábado, 19 de marzo de 2011

DESAPRENDER LA GUERRA



Guerra civil en Libia

Primer disparo en suelo libio de aviones franceses

El primer ataque destruye cuatro tanques de Gadafi.- Francia confirma que se usarán todos los medios para que se respete la resolución de la ONU.- Horas antes, el dictador libio había violado el alto el fuego con el bombardeo de Bengasi, donde huyen miles de personas

ÁLVARO DE CÓZAR (ENVIADO ESPECIAL) / ANTONIO JIMÉNEZ BARCA | Trípoli / París 19/03/2011


Qué pena, continuamos demostrando que la guerra sólo se puede erradicar con la guerra, la violencia con la violencia. Sigue en pie la ley del Talión. ¡ Y yo que me creía a pies juntillas eso de que le amor todo lo puede!

Me indigna que un hombre se piense Dios, se considere con capacidad de decidir sobre la vida de sus conciudadanos, de sus hermanos, de las personas que comparten con él país, cultura, idioma… Me indigna que el poder del petróleo pueda determinar lo que está bien o lo que está mal, lo que tiene justificación y lo que no. Que el petróleo sirva de barrera y de escudo para hacer y deshacer cuando a un chiflado le apetezca. Que sirva de escudo para sentirse y creerse intocable. ES INADMISIBLE.

Los 18, con la batuta de los misiles y la bombas en las recámaras de sus cazabombarderos han decidido actuar en una acción de “cirugía” y sobre lugares estratégicos (según han dicho hoy en los informativos), que en principio no iba a haber víctimas a no ser que el Sr. Gadafi (por llamarlo de algún modo) los utilizara como escudos humanos (bonita forma de no quererse atribuir las víctimas).
Según informaban hoy, los 18 países integrantes de esta decisión se han puesto en marcha respaldando la resolución de la ONU del 17 de marzo de 2011; “para proteger al pueblo libio”, aseguraban.

Y yo me pregunto: ¿no ha habido que proteger al pueblo llibio hasta ahora? ¿No ha habido que protegerlo den los primeros enfrentamientos?¿No se podía haber hecho nada antes de llegar a este punto?¿No ha habido ninguna opción de evitar esto por otras vías? (Al final siempre pagan los de siempre, los indefensos, los que con suerte hayan podido irse a un campo de refugiados, los que con suerte sólo sufrirán el hambre y la desolación cuando esto acabe –si lo hace-).

Pero claro, mejor no hacer nada y laissez faire al dictador, al excéntrico de su ejército de mujeres y des sus “suites-haima” cuando viaja al extranjero. Mejor dejarle hacer, mientras no dé problemas y no quiera hacerse con el control del Mundo… no vaya a ser que nos corte el grifo del petróleo (y con esta política de ahorro energético que estamos llevando a cabo… no está el horno para bollos).
Total, el sufrimiento de su pueblo y los abusos a los que se ha visto sometido, así cmo el abuso sobre pueblos colindantes nos pillaban lejos (al final es verdad eso de que Dios los cría y ellos se juntan). Mientras podamos seguir vendiéndoles armas y munición…

Y la ONU y la OTAN, y ya puestos, la Liga Árabe (que es integrante también de la ofensiva) sin complicarse la vida.

Luego nos esforzamos en los colegios en hacer creer a nuestros alumnos eso que viene en un libro santo, la Biblia; y en otro, llamado Educación para la Ciudadanía (según la confesión del centro educativo).

A veces pienso que es trabajo en balde pero mi Pepito Grillo particular me impide rendirme.
Señor, dame fuerzas para seguir creyendo y seguir creyéndome eso de que el amor todo lo puede. No me gusta ver el dolor, el sufrimiento, la avaricia, la soberbia, la desesperación, el miedo… pero me siento orgullosa de ver cómo miles de personas se afanan en dignificar la vida de los que sufren y padecen esta guerra. Personas que abandonan sus hogares tranquilos para ir a lavar llagas, a escayolar piernas y a coser heridas. A echar una mano repartiendo sacos de arroz y bolsas de agua potable. Me quedo con esto, Señor. Es lo que me da esperanza para seguir pensando que no todo está perdido.

Ayúdanos a desaprender la guerra. Amén.


DESAPRENDER LA GUERRA
Desaprender la guerra, realimentar la risa,
deshilachar los miedos, curarse las heridas.

Difuminar fronteras, rehuir de la codicia,
anteponer lo ajeno, negarse a las consignas.

Desconvocar el odio,
desestimar la ira,
rehusar usar la fuerza,
rodearse de caricias.
Reabrir todas las puertas,
sitiar cada mentira,
pactar sin condiciones,
rendirse a la Justicia.
Rehabilitar los sueños, penalizar las prisas,
indemnizar al alma, sumarse a la alegría.

Humanizar los credos, purificar la brisa,
adecentar la Tierra, reinaugurar la Vida.

Desconvocar el odio,
desestimar la ira,
rehusar usar la fuerza,
rodearse de caricias.
Reabrir todas las puertas,
sitiar cada mentira,
pactar sin condiciones,
rendirse a la Justicia.
Desaprender la guerra, curarse las heridas.
Desaprender la guerra, negarse a las consignas.
Desaprender la guerra, rodearse de caricias.
Desaprender la guerra, rendirse a la Justicia.
Desaprender la guerra, sumarse a la alegría.
Desaprender la guerra, reinaugurar la Vida.
Letra y Música: Luis Guitarra

GRUPOS VULNERABLES, LAS MUJERES: LAS VIOLACIONES COMO ARMA DE GUERRA - 40 días con los 40 últimos

 RD CONGO
Capital: Kinshasa
Población: 64,703,617 hab
Esperanza de vida: 46 años
LA FÍSTULA DE ALICE
El 11 mayo de 2003, Alice, de 19 años, se dirigía a Masisi, en la provincia de Kivu Norte, para comprar patatas y venderlas en su pueblo.

El camión en el que viajaba, repleto de pasajeros, fue atacado por un grupo de milicianos. Ella y otras cuatro chicas fueron secuestradas, “anduvimos mucho por un bosque, hasta llegar a unas cabañas, y allí nos violaron durante toda la noche, por turnos”
Ya esa noche empezó a notar algo raro entre las piernas. “No sabía qué era, pero al día siguiente nos escapamos y, mientras corría, sentía que entre mis piernas estaba mojada”.
Una agresión sexual violenta puede provocar heridas en los genitales de la víctima que pueden derivar en una ruptura de tejidos -denominada fístula-, por la que terminan comunicándose la vagina con la vejiga o el recto, o ambos.
Alice ingresó en el hospital que la organización Doctors on Call for Service (DOCS) tiene en Goma, en la frontera con Ru
anda, cuya tasa de ocupación del centenar de camas es del 135%.
En dos años, DOCS ha realizado más de 500 reparaciones de fístula.
Pero Lusi afirma que esa cifra “es sólo la punta del iceberg, si se piensa que nuestras asistentes sociales han identificado a más de 2.500 víctimas de violaciones”.
“Congo se ha convertido en un caso extremo”, dice esta británica de 55 años que llegó al entonces Zaire en 1971. “La agresión sexual forma parte de la estrategia de guerra, es un arma más barata y mucho más eficaz para acabar con el enemigo”.
El País, domingo, 18 de septiembre de 2005  

GRUPOS VULNERABLES, LAS MUJERES: LAS VIOLACIONES COMO ARMA DE GUERRA
La violación como arma es un crimen de guerra, pero en muchos casos, el daño provocado no se queda en el hecho, sino que produce lesiones graves, como las fístulas. Esta herida implica, no sólo el trauma psicológico, miedo y estigma propios de una violación, sino también graves problemas de salud, embarazos no deseados e infecciones de transmisión sexual, etc.
Se han detectado casos de fístula traumática durante la guerra o la posguerra en Burundi, Chad, República Democrática del Congo, Sudán, Ruanda, Bosnia, y Sierra Leona, aunque también se han denunciado en otros países como Etiopía, Guinea, Kenia, Liberia, Somalia, Tanzania y Norte de Uganda.
Es difícil recabar información durante un conflicto o posteriormente, porque las personas afectadas temen represalias y mayor humillación y porque no saben de la existencia de servicios de reparación quirúrgica de la fístula. La ausencia de datos no ayuda a comprender la verdadera magnitud del problema.

UN GESTO SALUDABLE
La guerra es más que una agresión física entre seres humanos, pero sus consecuencias más directas, afectan a la salud de millones de personas. Averigua cuántos conflictos hay abiertos al día de hoy, ¿se nombran en las noticias?

ORACIÓN
Señor,tú has sido el ejemplo vivo de la paz y la no violencia.
Haz que seamos portadores de tu paz en nuestro entorno.

GRUPOS VULNERABLES, LAS MUJERES: LA MORTALIDAD MATERNA - 40 días con los 40 últimos

AFGANISTÁN
Capital: Kabul
Población: 28,225,646 hab
Esperanza de vida: 44 años

CADA 27 MINUTOS MUERE UNA JOVEN MADRE.
Ekleema, de 16 años de edad, está esperando dar a luz a su primer bebé. Contrajo matrimonio a los 14 años y ya ha tenido un aborto. Ekleema vive en Afganistán, y como todas las mujeres afganas, sabe que la maternidad en Afganistán es un asunto arriesgado. Todas las familias afirman haber perdido a madres, hijas o hermanas.
Ekleema tiene muchas posibilidades de sobrevivir al haber sido admitida en el Hospital Malalai de Kabul, donde dará a luz con la asistencia de un médico o una comadrona con capacitación y podrá recibir atención de emergencia, en caso de ser necesario. El edificio es antiguo y está escasamente equipado, pero las condiciones han mejorado considerablemente y se ha convertido en uno de los principales hospitales que proporciona médicos y comadronas cualificados para el incipiente sistema nacional de salud.
Hace seis años Afganistán carecía de un sistema médico que pudiera calificarse como eficaz. Era el segundo país, sólo superado por Sierra Leona, con la tasa de mortalidad materna más elevada del mundo, con la muerte de 1.600 mujeres por cada 100.000 nacidos vivos. Son muchas las razones por las que mueren tantas mujeres durante y después del embarazo en Afganistán, entre otras, la pobreza, la falta de infraestructuras de salud,la acusada escasez de personal médico, las prácticas culturales ancestrales, etc. En los últimos años se ha emprendido una campaña masiva para la contratación y capacitación de comadronas.
La provincia de Badakhshan, una remota zona montañosa donde, las mujeres deben caminar durante días para llegar a la instalación médica más cercana, registra la peor tasa de mortalidad materna del mundo, con una terrible cifra de 6.500 muertes maternas por cada 100.000 nacidos vivos. Fauzia Kufi, miembro del Parlamento por Badakhshan y firme defensora de los derechos de las mujeres, cree que las autoridades han tardado en hacer de la salud materna una prioridad. La Sra. Kufi se pregunta retóricamente: “Si no podemos hacerlo ahora, ¿cuándo podremos hacerlo?”.
Teme que estos pequeños pasos se desaprovechen y que cada 27 minutos siga muriendo una madre joven en Afganistán.
UNICEF

GRUPOS VULNERABLES, LAS MUJERES: LA MORTALIDAD MATERNA
Unos 358.000 casos de mortalidad materna se registraron en el mundo en 2008, lo que supuso un descenso del 34 por ciento respecto a los niveles de 1990, pero el 99 por ciento de todas las muertes siguen ocurriendo en los países empobrecidos.
El 65 por ciento de todos los casos tuvieron lugar en sólo 11 países: Afganistán, Bangladesh, la República Democrática del Congo, Etiopía, India, Indonesia, Kenia, Nigeria, Pakistán, Sudán y Tanzania.

UN GESTO SALUDABLE
Busca alguna joven madre, interésate por ella, cómo ha sido el parto, donde fue, que personal le atendió, cuál era su estado de ánimo…

ORACIÓN
Señor,
que ninguna madre pierda la vida
por falta de las atenciones debidas en el momento del parto,
que ninguna muera por dar a luz,
sin que nadie la proteja y vele por ella.

sábado, 8 de enero de 2011

LOS OBJETIVOS DEL MILENIO

Nota creada el 12 de febrero de 2009

Objetivo 1. Erradicar la pobreza extrema y el hambre
Objetivo 2. Lograr la enseñanza primaria universal
Objetivo 3. Promover la igualdad entre los sexos y la autonomía de la mujer
Objetivo 4. Reducir la mortalidad de los niños menores de 5 años
Objetivo 5. Mejorar la salud materna
Objetivo 6. Combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades
Objetivo 7. Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente
Objetivo 8. Fomentar una asociación mundial para el desarrollo

Los ODM constituyen una prueba de la voluntad política de establecer asociaciones más sólidas, y comprometen a los países a tomar nuevas medidas y aunar esfuerzos en la lucha contra la pobreza, el analfabetismo, el hambre, la falta de educación, la desigualdad entre los géneros, la mortalidad infantil y materna, la enfermedad y la degradación del medio ambiente. El octavo objetivo, reafirmado en Monterrey y Johannesburgo, insta a los países ricos a adoptar medidas para aliviar la deuda, incrementar la asistencia y permitir a los países más pobres el acceso a sus mercados y tecnología.